Inmaculada G. Mardones.- Los instaladores de geotermia para climatización de edificios y las administraciones que promueven el aprovechamiento de este recurso, cien por cien renovable, están alarmados tras la lectura del borrador del proyecto de Ley de Minas, donde figura por primera vez un impuesto a esta actividad, equiparable al que grava la extracción de minerales.

La enorme preocupación que ha generado este nuevo canon gravitó sin sutilezas entre los asistentes al IV Congreso de Energía Geotérmica en la Edificación y la Industria que patrocina cada dos años la Comunidad de Madrid, desde la dirección general de Industria, Energía y Minas.

Su titular, Carlos López Jimeno, expresó públicamente su disconformidad y dio a entender que  presentarían alegaciones a la propuesta, ya que puede ser completamente disuasoria para el despegue de la geotermia, que ya remolca de por sí otras muchas trabas.

La queja de López Jimeno, expuesta en un debate con sus homónimos de la Comunidad Valenciana, Castilla y León y Castilla-La Mancha era compartida por la mayoría de los asistentes al congreso, empresarios e instaladores de todos los rincones de España.

Juan Antonio de Isabel, gerente de Geothermal Energy/Geoter, una de las empresas más activas del sector cree «debemos tomar como ejemplos los desarrollos en otros países de nuestro entorno como Alemania y Suecia para disminuir la dependencia energética». En ambos países la tramitación de los permisos es breve (dos semanas en Suecia) y sencilla, lo que ha impulsado un enorme desarrollo de la geotermia de baja entalpía. De Isabel cree que disipando obstáculos «permitiría a la geotermia desarrollarse, por ejemplo, en la Rehabilitación, un área clave para la creación de puestos de trabajo y la activación económica».

El borrador de la reforma de Ley de Minas, que se tramita en paralelo a la de Hidrocarburos para adaptar ambas normas al nuevo marco constitucional, fue trasladado a consulta en octubre a las partes, por el Ministerio de Industria, pero no ha sido hasta mediados de noviembre cuando los ejecutivos de las comunidades autónomas y los colectivos afectados han podido estudiarla a fondo. Y a toda prisa porque el plazo de alegaciones es muy breve.

Aplicaciones de la geotermia en el hogar

 


Tipos de recursos

El aprovechamiento de la geotermia para uso propio y en circuito cerrado no ocupa espacio de dominio público, tampoco extrae recursos del subsuelo ni los consume como la minería. Se limita a transferir el calor o frío de la tierra hacia la superficie. Al menos la geotermia de baja entalpía.

Cuando se aprobó la Ley de Minas vigente en 1973, hace más de 40 años, la geotermia era prácticamente desconocida en España. Pero en este momento y a consecuencia del incremento sostenido del precio de la energía está creciendo exponencialmente, aunque a mucho menor ritmo que en otros países europeos.

La reforma de la Ley equipara la geotermia con la extracción minera.  La de baja entalpía (para climatización de edificios, invernaderos y otro tipo de instalaciones) se incluye entre los recursos mineros del grupo A,  que serían los siguientes: » a) Las aguas minerales y termales, b) Las arenas, gravas y demás materiales para la industria de la construcción, salvo las rocas ornamentales, c) Las arcillas, d) Las acumulaciones constituidas por residuos de actividades reguladas … que resulten útiles para el aprovechamiento de alguno de sus componentes. y e) Los recursos geotérmicos en los que el nivel térmico del fluido sea inferior a 25 ºC y no conlleven trabajos cuya profundidad sobrepase los 50 metros».

En el grupo B de recursos mineros se integrarían: a) Los yacimientos geológicos que puedan contener cualquier tipo de mineral no clasificado en la Sección A, en particular carbones, minerales radioactivos y rocas bituminosas y los recursos minerales, geológicos y geotérmicos no pertenecientes a la Sección A; b) Las estructuras subterráneas o depósitos geológicos naturales o artificiales producidos como consecuencia de operaciones reguladas por la presente Ley. El Gobierno, en todo caso, se reserva la facultad de «acordar la reclasificación de un recurso mineral o geológico a una Sección distinta, de forma motivada, previo informe del Instituto Geológico y Minero de España (IGME).

Gravámenes

Según el borrador de la reforma, al que ha tenido acceso Geotermiaonline.com, al valor de la extracción de los recursos minerales y geológicos de dominio público se aplicará un tributo de carácter directo y naturaleza real, denominado Impuesto sobre el Valor de la Extracción de los Recursos Minerales y Geológicos.

En el caso de los autoconsumos, “las entregas entre personas vinculadas o entregas sin contraprestación, la base imponible se determinará por el importe a percibir que se hubiese acordado en condiciones normales de mercado, en la misma fase de comercialización, entre partes que fuesen independientes. Tendrá la consideración de autoconsumo la utilización o consumo de los recursos que forman parte del ámbito objetivo del impuesto por quienes los hubiesen extraído”.

El tipo de gravamen se fija en el 1 por ciento para los recursos de la sección A, y del 2 por ciento para los recursos de la sección B.

En cuanto al canon de superficie se deduce que para las concesiones de aprovechamiento otorgadas con arreglo a la futura Ley será de 100 euros por área para las primeras 100 cuadrículas.

En la explicación motivada de la reforma, se justifica la creación del nuevo impuesto como “un incentivo económico destinado a las administraciones en las que se desarrollen actividades mineras”, aunque poco tenga que ver con la geotermia, como tampoco la repercusión de un canon de superficie concesional y la actualización de su cuantía.

Por lo que se palpaba en la atmósfera de GeoEner2014, celebrada los días 24 y 25 en Madrid, los representantes de las comunidades autónomas presentes no reclaman esos gravámenes sobre la geotermia. Bastante tiene con abrirse camino en la diversidad de bosques autonómicos regulados.

Arriba, Alberto Nadal, Secretario de Estado de Energía y Jose Manuel Soria, Ministro de Industria, Energía y Comercio