Los criterios económico, técnico, administrativo, la viabilidad y las externalidades determinarán la elegibilidad de los proyectos subvencionables
Geotermiaonline.com.- El portal Eseficiencia.es informa que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha sacado a información pública el programa de ayudas a proyectos de redes de calor y frío a partir de energías renovables, dotado inicialmente con 100 millones de euros. Esta línea de incentivos puede movilizar una inversión total del orden de 230 millones y lograr la implantación de más de 320 MW de nueva potencia instalada. El plazo para presentar alegaciones estará abierto hasta el martes 7 de junio. Esta modalidad es inédita y supone impulsar en España el despegue de unas instalaciones de climatización muy extendidas en Europa.
Además de factores económicos y tecnológicos, se valorará la eficiencia de las instalaciones, la tramitación administrativa y el impacto positivo en zonas de Transición Justa y Reto Demográfico.
El Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), dependiente del Miteco, será el encargado de gestionar estas ayudas, que se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva y se instrumentarán como una subvención a percibir por el beneficiario, con carácter definitivo, una vez se verifique la ejecución del proyecto y se acrediten los costes subvencionables incurridos.
Proyectos subvencionables
Se podrán acoger a las subvenciones tres tipos de proyectos. Los que impliquen una nueva red de calor y frío, incluyendo una o varias centrales de generación que utilicen exclusivamente energías renovables y una o varias redes de distribución con conexiones de intercambio energético a centros de consumo.
Los proyectos que supongan una ampliación de una central de generación existente, mediante la incorporación de nuevos equipos de generación que utilicen energías renovables. Y, por último, los que constituyan una ampliación de una red de distribución existente, incluyendo la propia red y nuevas conexiones de intercambio. Estos proyectos han de utilizar centrales de generación existentes que utilicen energías renovables.
La potencia térmica de los equipos ha de ser necesariamente mayor de 1 MW. El importe de la ayudas a conceder se determinará en las convocatorias, y, para el caso de actividades económicas, de acuerdo con las intensidades y límites establecidos para cada tipo de beneficiario por el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (RGEC).
Proyectos acabados antes de junio de 2025
Los proyectos deberán estar finalizados antes del 30 de junio de 2025 y tendrán que respetar el principio de ‘no causar un daño significativo’ al medioambiente. Además, en la evaluación de las solicitudes se tendrán en cuenta cuatro criterios. El primero es el económico, en función de la reducción de la subvención indicada por el solicitante respecto a los costes máximos subvencionables recogidos en la orden.
El segundo es la viabilidad administrativa en la que se valorarán diversos aspectos del avance en la tramitación del proyecto. El siguiente sería el criterio técnico y demostrativo en innovaciones, eficiencia y efecto demostrativo del proyecto.
El último criterio son las externalidades. Entre otras, el impacto positivo en zonas de Transición Justa y Reto Demográfico, comunidades de energías renovables, entidades públicas o pymes, así como el impacto social y de género de los proyectos. Dado el carácter incentivador de las ayudas, solo se admitirán proyectos cuya ejecución no se haya iniciado con anterioridad a la solicitud de la ayuda.
Despliegue e integración de energías renovables
El despliegue de redes de suministro de calor y frío a partir de energías renovables forma parte de la solución para alcanzar la neutralidad climática en 2050.
Esta línea de incentivos económicos, que se dirige a proyectos con una potencia mayor de 1 MW, es complementaria a la recogida para redes de calor y frío en el Real Decreto 1124/2021, que contempla incentivos para proyectos inferiores o iguales a 1 MW. Ambas líneas se enmarcan en el Componente 7 ‘Despliegue e integración de energías renovables’, del PRTR.
Los comentarios a los proyectos de orden ministerial y proyecto de resolución para la convocatoria deben remitirse hasta el 7 de junio a: bzn-redescyf@miteco.es indicando en el asunto ‘Información pública incentivos redes calor y frío a partir de energías renovables’.